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La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social resolvió revocar una decisión de primera instancia y habilitar la vía judicial directa en una demanda contra la ANSES por reajuste de haberes, al considerar que no correspondía exigir el reclamo administrativo previo cuando el planteo se funda exclusivamente en la inconstitucionalidad de normas legales.
El caso había sido rechazado inicialmente por el juzgado de origen bajo el argumento de que debía agotarse la instancia administrativa. Sin embargo, la Cámara sostuvo que, tras la reforma introducida por la Ley 27.742 a la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, el art. 23 inc. b) prevé expresamente que no es necesario agotar la vía administrativa cuando la impugnación se basa en la invalidez de normas legales o constitucionales.
El Tribunal recordó que la declaración de inconstitucionalidad es competencia exclusiva del Poder Judicial y que exigir un trámite previo ante un organismo carente de facultades para resolver esa cuestión implicaría un “rigor formal injustificado” y un dispendio administrativo.
En consecuencia, la Cámara revocó la resolución y habilitó la instancia judicial sin costas, reafirmando el criterio de que, en materia previsional, los reclamos que plantean la invalidez de normas deben acceder directamente a la justicia, sin obligar a los beneficiarios a transitar procedimientos inútiles ante la administración.
Este pronunciamiento reviste especial relevancia en el contexto actual, dado que facilita el acceso de los jubilados y pensionados a la justicia cuando sus reclamos se fundan en cuestiones de constitucionalidad, evitando demoras innecesarias y fortaleciendo el control judicial sobre los actos estatales.
Ver fallo: https://drive.google.com/file/d/14V4cTLY4upNw4YnMsiNwp_7uzTI1qEkw/view?usp=drive_link